Para asegurarnos de que no tengas ninguna duda al respecto, a continuación, te daremos toda la información que necesitas conocer sobre la ayuda para mayores de 55 años que es gestionada por el SEPE para el colectivo desempleado.
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¿Qué es y en qué consiste el subsidio para mayores de 55 años?
Lo primero que tienes que saber sobre el subsidio para mayores de 55 años es que se trata de una prestación que pertenece al conjunto de ayudas de protección por desempleo que son gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal para las personas desempleadas de 55 años o más, las cuales tienen que acreditar insuficiencia de ingresos. Asimismo, otro detalle que se tiene que tener en cuenta es que dicha prestación anteriormente era conocida como el subsidio para mayores de 52 años, ya que antes esa era la edad necesaria para poder solicitarla. En el año 2012 la antigua Ministra de Empleo y Seguridad Social Fátima Bañez, presentó la reforma laboral y la edad para percibir este subsidio cambió de los 52 años a los 55 años.
Como ya mencionamos, se trata de una ayuda para personas desempleadas, la cual tiene la peculiaridad de que además de recibir una ayuda económica, también serán ingresadas a la Seguridad Social las cotizaciones que correspondan hasta el momento de la jubilación.
El Subsidio para mayores de 55 años es una prestación que se otorga de forma mensual y se mantiene hasta que la persona cumpla la edad mínima para la jubilación. Asimismo, el Instituto Social de la Marina o el SEPE ingresará a la Seguridad Social todas las cotizaciones correspondientes para la pensión de jubilación.
¿Qué hacer si no se tienen las cotizaciones necesarias para la jubilación?
Esta es una pregunta que tienen muchas personas que no han conseguido alcanzar las cotizaciones suficientes para la jubilación. En este caso, las personas que no junten las cotizaciones para poder acceder a la jubilación tienen la posibilidad de suscribir un Convenio Especial con Seguridad Social para que logre completar las cotizaciones necesarias.
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Las personas que se pueden suscribir al convenio especial de Seguridad Social son aquellos trabajadores que pertenezcan a alguno de los siguientes escenarios:
- Personas con 65 años o más que trabajen por cuenta ajena y con un carácter indefinido, o bien, que trabajan por cuenta propia. Esto siempre y cuando tengan por lo menos 35 años cotizados.
- Las personas que hayan causado baja en la Seguridad Social.
- Trabajadores pluriempleados o que se encuentren en una situación de pluriactividad y que dejen de desempeñar alguna de sus actividades.
- Personas que después de cesar la actividad fueron contratadas con salarios menores, los cuales dan lugar a una base de cotización menor al promedio de los 12 meses anteriores. Se puede intentar compensar la diferencia de la cotización para poder conseguir el mínimo requerido.
- Todas aquellas personas a las que se les haya denegado la pensión y hayan sido declaradas capaces o inválidas parciales.
- Personas desempleadas que han agotado el subsidio por desempleo o las prestaciones contributivas.
- Las personas cobrarán la incapacidad permanente o la jubilación y se anuló por una sentencia firme.
- Trabajadores que ocasionen la baja por solicitar una pensión que haya sido denegada.
¿Quiénes tienen derecho a cobrar la ayuda para mayores de 55 años?
Las personas que pueden acogerse a la ayuda para mayores de 55 años son todas aquellas que se encuentren en una situación legal de desempleo y que hayan alcanzado el mínimo de edad requerido.
Asimismo, estas personas deben de haber agotado la prestación contributiva o el subsidio de desempleo, siempre que se haya cotizado un mínimo de 6 años durante su vida laboral.
Es necesario cumplir todos los requisitos:
Requisitos para poder solicitar el subsidio para mayores de 55 años
Hay una serie de requisitos que las personas tienen que cumplir para poder beneficiarse de la prestación para mayores de 55 años. Es necesario acreditar todos estos requisitos generales para poder obtener la ayuda:
- Ser desempleado o estar en desempleo.
- En el momento de solicitar la ayuda, la persona solicitante debe tener más de 55 años.
- No contar con derecho a la prestación contributiva por desempleo.
- Firmar el compromiso de actividad.
- Tener una cotización por desempleo con un mínimo de 6 años.
- Estar apuntado al paro y seguir en dicha situación durante todo el periodo en el que se reciba el subsidio. Esto significa que la persona tiene que sellar el paro en las fechas señaladas.
- Se tiene que carecer de rentas que superen el 75% del salario mínimo interprofesional o SMI. Sólo se puede cumplir este requisito cuando se obtenga una suma de todas las rentas de los miembros de la familia dividida entre los integrantes y el resultado sea menor al 75%.
Es necesario tener en cuenta que estos requisitos tienen que mantenerse durante todo el tiempo que se cobre la ayuda.
Otros requisitos necesarios para obtener la ayuda a mayores de 55 años
Es necesario que la persona también cumpla con ciertos requisitos específicos de este subsidio:
- Tener 55 años o más en el momento en que se agote el subsidio por desempleo o el paro.
- Es necesario encontrarse dentro de alguno de los siguientes escenarios:
- Haber terminado de cobrar el paro (prestación por desempleo y de carácter contributivo).
- Haberse recuperado o mejorado luego de una incapacidad permanente o gran invalidez, ya sea total o absoluta, a consecuencia de una revisión de expediente y de haber sido declarado como inválido parcial o plenamente capaz.
- Haberse sometido a una privativa de libertad por más de 6 meses y no contar con derecho a paro.
- Estar en una situación legal de desempleo y no haber reunido las cotizaciones mínimas para poder acceder a la prestación contributiva. Si este es el escenario, se tiene que haber cotizado un mínimo de 3 meses.
Es necesario reunir todos los requisitos antes mencionados para poder tener derecho a solicitar una pensión de jubilación contributiva, sin contar la edad.
La persona que cumpla con todos los requisitos mencionados anteriormente tendrá derecho a recibir el subsidio para mayores de 55 años, siempre y cuando haya agotado la prestación por desempleo o no tenga derecho a solicitar el subsidio correspondiente por no cumplir con todos los requisitos de responsabilidades familiares o la carencia de rentas.
Asimismo, se puede solicitar esta ayuda si la persona que estuviera recibiendo un subsidio o si se tenía derecho a uno.
Cómo hacer el trámite para el subsidio para mayores de 55 años
La solicitud para el préstamo de mayores de 55 años se hace a través del SEPE y se puede presentar una solicitud acudiendo a las oficinas (siempre con una cita previa, de lo contrario no serás recibido); o por medio de la Sede Electrónica del SEPE, es decir, su página web.
¿Qué documentos es necesario presentar?
Es necesario tener el modelo de solicitud de subsidio por desempleo y ahí marcar la casilla de ‘Mayores de 55 años’. Es posible descargar este documento desde internet.
Documentos necesarios para realizar el trámite:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) y en caso de ser extranjero comunitario que vivan en España es necesario presentar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) o también se puede presentar el Número de Identidad de Extranjeros con el pasaporte. Aquellos extranjeros residentes no comunitarios deben presentar el TIE y su pasaporte.
- Documentación bancaria con el número de cuenta. Esto es un requisito debido a que se necesita una cuenta bancaria a la cual se deposite la ayuda. Es necesario ser el titular de la cuenta.
- El libro de familia si es necesario. En caso de ser extranjero, se tiene que aportar un documento que sea equivalente.
- Realizar una declaración de la renta de forma anual para corroborar que no se están superando los límites de rentas superiores al 75 % del SMI.
Para seguir recibiendo la ayuda es necesario acreditar cada año que se carece de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. Si la acreditación no se realiza o se hace fuera de plazo, se interrumpirá la ayuda y su cotización en Seguridad Social hasta que se presente.
Para aquellas personas que sean emigrantes o expresidiarios se deberá presentar un documento que acredite y certifique dicha situación en la que se encuentra la persona solicitante.
Plazos para solicitar la ayuda para mayores de 55 años
Es necesario entregar la solicitud junto con toda la documentación necesaria dentro de un plazo de 15 días hábiles luego del mes de espera. Esto significa que, una vez que se agota el paro, tienen que pasar un mes para que se pueda solicitar esta ayuda.
Si la persona quedo desempleada y no tiene derecho a paro, el plazo para que se pueda presentar la solicitud será de 15 días hábiles después de la terminación de la actividad laboral.
Asimismo, el tramite del SEPE puede hacerse desde cualquier oficina de registro público o incluso por el correo administrativo.
Duración y cuantías de la ayuda para mayores de 55 años
La duración que tiene la ayuda para mayores de 55 años es desde los 55 años hasta la edad mínima requerida para la jubilación, esto siempre y cuando se mantengan todos los requisitos, ya que si un requisito se deja de cumplir se dejará de recibir la ayuda antes de la jubilación.
El importe que se recibe por esta ayuda es de 430€ mensuales, lo que es el equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efecto Múltiple).
Asimismo, es necesario recordar que, si la situación de desempleo fue causada por el cese de un empleo de medio tiempo, entonces la cuantía se reducirá a la misma porción del tiempo de trabajo.
El depósito se hace entre el día 10 y el 15 de cada mes, abonándose la cotización que corresponde a la Seguridad Social y que será equivalente al mínimo de cotización que esté vigente en el momento.
En caso de que necesites más información sobre el subsidio para mayores de 55 años no dudes en preguntar en el SEPE para poder aclarar todas tus dudas, además de que puedes encontrar mucha información en la sede electrónica del SEPE, en donde se te proporciona toda la información necesaria para realizar tu tramitación o para salir de dudas.